Una ley aprobada en 2015 que en su artículo primero determina: “El Sector Público de la Provincia de Buenos Aires debe ocupar, en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.
Es un primer paso en conseguir el cupo completo.
Vale destacar que a partir del decreto 721/2020, el presidente de la Nación Alberto Fernández, estableció el cupo laboral en el sector público a nivel nacional. En septiembre del año pasado se publicó en el boletín oficial ese avance en el reconocimiento de los derechos y las trayectorias de vida de las personas travestis, transexuales y transgéneros que están históricamente atravesadas por la estigmatización, la criminalización y la patologización sistemática, tanto de la sociedad como en las instituciones.
Este forma parte de un logro fundamental en los derechos laborales de un colectivo que viene transitando una profunda transformación en políticas de inclusión.
Fuente: Todo para decir T.V.
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